documentación necesaria

Para la obtención de tu licencia tan solo necesitas traer al centro:

  • DNI
  • Gafas, lentes de contacto o audífonos.
  • No es necesario fotos (se las hacemos aquí)

Personas a quién va dirigida

A toda persona titular de animales catalogados como potencialmente peligrosos y a aquellos que deseen pasearlo de manera habitual.

¿QUÉ SE CONSIDERA ANIMAL PELIGROSO?

Clasificación

  • AMERICAN PIT BULL TERRIER
  • AMERICAN STAFFORDSHIRE TERRIER
  • AKITA INU
  • BULLMASTIF
  • BULL TERRIER
  • DOBERMAN
  • DOGO ARGENTINO
  • DOGO DE BURDEOS
  • FILA BRASILEÑO
  • MASTÍN NAPOLITANO
  • PERRO DE PRESA CANARIO
  • PERRO DE PRESA MALLORQUIN
  • ROTTWEILER
  • STAFFORDSHIRE BULL TERRIER
  • TOSA INU

O que hayan protagonizado agresiones a personas o a otros animales. La potencial peligrosidad habrá de ser apreciada por la autoridad competente, previo informe de un veterinario, oficial o colegiado, designado o habilitado por la autoridad competente autonómica o municipal.

Según lo establecido en el Anexo II del Real decreto 287/2002 de 22 de Marzo, que desarrolla la Ley 50/99, del Régimen Jurídico de Animales Potencialmente Peligrosos.

  • Reptiles
    Todos los cocodrilos.

    Caimanes.

    Ofidios venenosos.

    Todos los que superen los 2 kilogramos de peso actual o adulto.

  • Antrópodos y peces
    Cuya inoculación de veneno precise de hospitalización del agredido, siendo el agredido una persona no alérgica al tóxico.
  • Mamíferos mayores de 10 kg

Renovación de la licencia

Las licencias tienen vigencia por 5 años, pero anualmente debe presentarse por Registro de entrada en la administración local (ayuntamiento) la documentación siguiente:

  • Copia de la actualización de la Cartilla Sanitaria del animal, o de su Pasaporte.
  • Copia del recibo del pago anual del seguro, en que conste claramente el número de póliza y la Compañía Aseguradora.
  • Copia del carné de licencia expedido.

Las renovaciones de la licencia deben solicitarse con 3 meses de antelación a la fecha de fin de la vigencia quinquenal.

Información adicional

Los perros potencialmente peligrosos deben circular siempre por vías y espacios públicos sujetos con correa corta (menos de 2 metros y no extensible), con el bozal puesto y en ningún caso conducidos por menores de edad